Ayuda a familias con necesidades urgentes 2013

Resolución de la convocatoria y formalización de la ayuda

La resolución se hará pública en la página web de la Fundación Caja de Burgos, a partir del 20 de noviembre de 2013.

La ayuda se materializará mediante la firma de un convenio de colaboración entre la entidad beneficiaria y la Fundación Caja de Burgos, quien podrá arbitrar dicha firma con carácter público. Si transcurridos dos meses desde la comunicación de la resolución la Entidad no hubiera firmado el convenio de colaboración, sin que la causa fuera imputable a la Fundación Caja de Burgos, se entenderá que la Entidad renuncia a la ayuda concedida.

El 50% de la ayuda concedida se abonará en el plazo de los 30 días siguientes a la firma del convenio de colaboración.

La ayuda se liquidará en su totalidad una vez recibida y revisada la memoria explicativa del proyecto ejecutado que deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados:

  • Objetivos planteados y metas alcanzadas.
  • Número de beneficiarios.
  • Justificación documental del 100% de la ejecución del proyecto. Se deberán relacionar los documentos y acompañar copia de los mismos en el mismo orden que figuran en dicha relación. Si finalmente no puede ejecutarse el 100% del presupuesto presentado en el proyecto, la ayuda concedida se minorará porcentualmente, en función de la reducción presupuestaria.

Del importe total de la justificación, tan sólo se admitirá un máximo del 10% de la suma de los siguientes conceptos:

  • Gastos generados por el mantenimiento de la sede social de la entidad solicitante (alquiler, agua, electricidad, teléfono, etc.).
  • Gastos generados por la gestión del proyecto (nóminas de personal administrativo, coordinador, etc.).
  • Gastos atribuibles a dietas, estancias y viajes de los miembros de la entidad.

 


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