Resolución de la
convocatoria y formalización de la ayuda
La resolución se hará
pública en la página web de la Fundación Caja de
Burgos, a partir del 20 de noviembre de 2013.
La ayuda se
materializará mediante la firma de un convenio de
colaboración entre la entidad beneficiaria y la
Fundación Caja de Burgos, quien podrá arbitrar dicha
firma con carácter público. Si transcurridos dos meses
desde la comunicación de la resolución la Entidad no
hubiera firmado el convenio de colaboración, sin que la
causa fuera imputable a la Fundación Caja de Burgos, se
entenderá que la Entidad renuncia a la ayuda concedida.
El 50% de la ayuda
concedida se abonará en el plazo de los 30 días
siguientes a la firma del convenio de colaboración.
La ayuda se liquidará en
su totalidad una vez recibida y revisada la memoria
explicativa del proyecto ejecutado que deberá contener,
como mínimo, los siguientes apartados:
- Objetivos planteados y
metas alcanzadas.
- Número de
beneficiarios.
- Justificación
documental del 100% de la ejecución del proyecto.
Se deberán relacionar los documentos y acompañar
copia de los mismos en el mismo orden que figuran en
dicha relación. Si finalmente no puede ejecutarse
el 100% del presupuesto presentado en el proyecto,
la ayuda concedida se minorará porcentualmente, en
función de la reducción presupuestaria.
Del importe total de la
justificación, tan sólo se admitirá un máximo del
10% de la suma de los siguientes conceptos:
- Gastos generados por
el mantenimiento de la sede social de la entidad
solicitante (alquiler, agua, electricidad,
teléfono, etc.).
- Gastos generados por
la gestión del proyecto (nóminas de personal
administrativo, coordinador, etc.).
- Gastos atribuibles a
dietas, estancias y viajes de los miembros de la
entidad.