La medida afecta sólo a aquellos trabajadores por cuenta ajena que se dieron de alta entre el 1 de mayo de 2018 al 30 de junio de 2019

15 de mayo de 2020

CANAL EMPRESA

Esta semana, la Consejería de Empleo e Industria de Junta de Castilla y León ha publicado una línea de subvenciones que permite a los trabajadores por cuenta propia disfrutar durante seis meses más de la tarifa plana. El objetivo de esta subvención es incentivar a los autónomos a continuar su actividad pese a las dificultades originadas por esta crisis.

A estas ayudas pueden acceder todas las personas incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios durante el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2018 y el 30 de junio de 2019, que estuvieran acogidas a la tarifa plana estatal.

Estas subvenciones permitirán que las personas trabajadoras por cuenta propia disfruten de las reducciones de las cuotas tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales, durante 6 meses adicionales. En el caso de trabajadores por cuenta propia agrarios, la subvención tendrá en cuenta únicamente las contingencias comunes.

BENEFICIARIOS

Personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o, en su caso, incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

REQUISITOS
  • Haber sido beneficiaria de las reducciones previstas en la tarifa plana estatal durante los 12 o 24 meses que establecen.
  • Causar alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrario a partir del 1 de mayo de 2018.
  • Mantener las condiciones que dieron derecho a disfrutar de las reducciones citadas, en el pago de sus cuotas por contingencias comunes y contingencias profesionales, durante el período subvencionable.
  • Realizar su actividad y estar empadronado en la Comunidad de Castilla y León.
  • Que la situación de alta no se vea interrumpida durante el periodo subvencionable. En este sentido, no se entenderá interrumpido el periodo subvencionable cuando se haya suspendido la actividad y, por tanto, el cumplimiento del pago de las cuotas durante los meses que abarque el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, y demás legislación de aplicación.
  • Por último, se considera un requisito indispensable para ser beneficiario, estar dado de alta en el Buzón Electrónico del Ciudadano de la Ventanilla de Ciudadano, así como en el procedimiento correspondiente en el momento de presentación de la solicitud.
CUANTÍA

La cuantía permitirá a la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma mantener durante 6 meses la cuota reducida de la que disfrutó durante los 12 o 24 meses de reducción de la cuantía de cotización si hubiera cotizado por la base mínima establecida.

Para el cálculo se tomará como referencia la base mínima de cotización vigente en el mes en que se hubiese producido el alta de la persona trabajadora autónoma y el tipo mínimo de cotización vigente en el citado mes.

Así, los trabajadores por cuenta propia de Castilla y León se beneficiarán de una ayuda de hasta 475 euros, lo que contribuirá a aliviar su liquidez en este contexto de crisis económica como consecuencia de la pandemia por coronavirus. El crédito inicial asignado a esta línea de subvenciones asciende a 500.000 euros, si bien esta cuantía se duplicará si fuera preciso hasta alcanzar el millón de euros, tal y como se había comprometido en el marco del Diálogo Social.

PLAZO

Se establecen los siguientes plazos de solicitud:

  1. Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León a las 9:00 horas hasta el 30 de junio de 2020 a las 15:00 horas, para las altas producidas del 1 de mayo de 2018 al 30 de abril de 2019, ambas inclusive.
  2. Del 1 de julio de 2020 a las 9:00 horas al 31 de agosto de 2020 a las 15:00 horas, para las altas producidas del 1 de mayo del 2019 al 30 de junio de 2019, ambas inclusive.
SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán en el modelo que podrá obtenerse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es conteniendo los datos personales, acompañada de la documentación prevista.

MÁS INFORMACIÓN

Los interesados pueden acceder a la convocatoria original y los documentos para su solicitud a través de este enlace. 

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