APOYO A PROYECTOS DE AYUDA A FAMILIAS CON NECESIDADES URGENTES 2019

Justificación de la ayuda

La memoria justificativa del proyecto ejecutado que deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados:

  • Metas alcanzadas y su comparación con los objetivos propuestos.
  • Número de beneficiarios finales y su comparación con el objetivo propuesto.
  • Recursos humanos y materiales utilizados.
  • Fases de ejecución.
  • Listado de los ingresos de la entidad durante el periodo de vigencia del presente convenio, incluyendo relación de entidades colaboradoras y aportación  finalmente concedida.
  • Listado de los ingresos de la totalidad del proyecto, incluyendo relación de entidades colaboradoras y aportación finalmente concedida.
  • Listado resumido de gastos de la entidad durante el periodo de vigencia del presente convenio.
  • Listado de los gastos de la totalidad del proyecto, especificando cuáles se han imputado a la ayuda concedida.
  • Certificado actualizado de encontrarse acogido a la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos, en el caso de estarlo.
  • Importe final del proyecto en su totalidad y su comparación con el presupuestado. En caso de no ser el mismo, se deberán exponer las razones que han originado esta diferencia.
  • Justificación documental del 100% de la ejecución del proyecto si la ayuda concedida supera el 25% del gasto total del proyecto o justificación documental del 100% de la ayuda si no supera esa cantidad. Se deberán relacionar y numerar los documentos y acompañar copia de los mismos en el mismo orden que figuran en dicha relación. Si finalmente no puede ejecutarse el 100% del presupuesto presentado en el proyecto, la ayuda concedida se podrá minorar porcentualmente, en función de la reducción presupuestaria.
  • Dosier fotográfico de los soportes en los que se haya plasmado la publicidad a la que se refiere el epígrafe titulado "Difusión" de estas bases.

Del importe total de la justificación, tan sólo se admitirá un máximo del 10% de la suma de los siguientes conceptos:

  • Gastos generados por el mantenimiento del centro de la entidad solicitante (alquiler, agua, electricidad, teléfono, etc.).
  • Gastos indirectos de personal: nóminas de empleados no relacionados directamente con la ejecución del proyecto, tales como administrativos, personal del departamento contable de la entidad, coordinador, etc.
  • Gastos atribuibles a dietas, estancias y viajes de los miembros de la entidad.

La memoria referida en ese punto habrá de presentarse necesariamente antes del 30 de abril de 2020.


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