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APOYO A PROYECTOS DE AYUDA A FAMILIAS CON NECESIDADES URGENTES 2019
Justificación de la ayuda
La memoria justificativa del proyecto
ejecutado que deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados:
- Metas alcanzadas y su comparación con
los objetivos propuestos.
- Número de beneficiarios finales y su
comparación con el objetivo propuesto.
- Recursos humanos y materiales
utilizados.
- Fases de ejecución.
- Listado de los ingresos de la entidad
durante el periodo de vigencia del presente convenio, incluyendo
relación de entidades colaboradoras y aportación finalmente
concedida.
- Listado de los ingresos de la
totalidad del proyecto, incluyendo relación de entidades
colaboradoras y aportación finalmente concedida.
- Listado resumido de gastos de la
entidad durante el periodo de vigencia del presente convenio.
- Listado de los gastos de la totalidad
del proyecto, especificando cuáles se han imputado a la ayuda
concedida.
- Certificado actualizado de encontrarse
acogido a la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin
Fines Lucrativos, en el caso de estarlo.
- Importe final del proyecto en su
totalidad y su comparación con el presupuestado. En caso de no ser
el mismo, se deberán exponer las razones que han originado esta
diferencia.
- Justificación documental del 100% de
la ejecución del proyecto si la ayuda concedida supera el 25% del
gasto total del proyecto o justificación documental del 100% de la
ayuda si no supera esa cantidad. Se deberán relacionar y numerar
los documentos y acompañar copia de los mismos en el mismo orden
que figuran en dicha relación. Si finalmente no puede ejecutarse el
100% del presupuesto presentado en el proyecto, la ayuda concedida
se podrá minorar porcentualmente, en función de la reducción
presupuestaria.
- Dosier fotográfico de los soportes en
los que se haya plasmado la publicidad a la que se refiere el
epígrafe titulado "Difusión" de estas bases.
Del importe total de la justificación,
tan sólo se admitirá un máximo del 10% de la suma de los siguientes
conceptos:
- Gastos generados por el mantenimiento
del centro de la entidad solicitante (alquiler, agua, electricidad,
teléfono, etc.).
- Gastos indirectos de personal:
nóminas de empleados no relacionados directamente con la ejecución
del proyecto, tales como administrativos, personal del departamento
contable de la entidad, coordinador, etc.
- Gastos atribuibles a dietas, estancias
y viajes de los miembros de la entidad.
La memoria referida en ese punto habrá
de presentarse necesariamente antes del 30 de abril de 2020.
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